Ponentes

Charla sobre deberes y responsabilidad de los gestores de la sociedad en Deloitte para los mienbros de Shacko Kai

28-01-2016   Shacho Kai

El pasado 28 de enero tuvo lugar una charla impartida por Deloitte a los socios de Shacho Kai acerca del régimen de deberes que la ley impone a los gestores de las sociedades, así como la responsabilidad en que estos pueden incurrir ante el incumplimiento de dichos deberes.

En la charla a la que asistieron más de 30 representantes de empresas japonesas, se hizo un especial hincapié en la extensión de responsabilidad que la ley puede ejercer a favor del personal “alto directivo” así como de los administradores de hecho de las sociedades.

Una figura de relevancia en la nueva regulación de los deberes de los gestores de la sociedad es la inclusión legal de la regla del “business judgement rule” (protección de la discrecionalidad empresarial).

Bajo esta figura, la ley busca proteger a los gestores de la sociedad ante la toma de decisiones estratégicas y de negocio.
 

La toma de dichas decisiones, bajo los requisitos impuestos por la “business judgemente rule”, exonerará de responsabilidad a los administradores ante los perjuicios que dicha decisiones puedan causar. De ahí la importancia para los gestores de conocer dichos requisitos y actuar siempre bajo su protección.

En definitiva, en la charla se explicaron los deberes de actuación que la ley impone a los gestores de las sociedades, la responsabilidad en que éstos pueden incurrir por su inobservancia y cómo deben actuar para no incurrir en dicha responsabilidad. Todas ellas nociones  que todo gestor de sociedad debe conocer.

El pasado viernes 22 de enero se publicó la Circular 1/2016, de la Fiscalía General del Estado, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por la Ley Orgánica 1/2015.

Entre otras cuestiones, la Circular se centra en el análisis de una de las condiciones que permite a la persona jurídica eximirse de responsabilidad penal: la existencia de un modelo de organización y gestión eficaz en materia penal o corporate compliance program. Así, la Circular se refiere a los elementos que deben reunir los modelos de conformidad con el artículo 31 bis del Código Penal y se ocupa, con especial énfasis, del órgano interno de control. La Circular establece, además, los criterios de valoración que, respecto de los compliance programs, debe regir la acusación del Ministerio Fiscal.


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